Entidades solicitantes:
Empresa de capital Público o probado, que ejerza su actividad en el territorio español.
Requisitos:
- Estar inscrita en la Seguridad Social y cuando proceda estar inscrita en el registro público que corresponda.
- Estar inscrita en la Seguridad Social y cuando proceda estar inscrita en el registro público que corresponda.
- No haber sido sancionada, en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social.
- Haber iniciado la implantación de un Plan de igualdad, en aquellos supuestos que la empresa este obligada. En caso contrario haber iniciado la implementación de un Plan de igualdad o políticas de igualdad.
- Contar con un compromiso explicito en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa, y la responsabilidad social. Este compromiso deberá acreditarse por escrito y haberse hecho público.
2 meses a contar desde el 10 de abril
Plazo para resolución:
6 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación.
Particularidades:
Podrán realizarse reuniones o entrevistas dentro del ámbito de la empresa solicitante con el fin de de recabar más datos por parte de Comisión evaluadora. Una vez publicada la resolución definitiva, en un plazo de tres meses se concretara una fecha por parte de Ministerio de Igualdad, para conceder la entrega del certificado y de la placa acreditativa del distintivo de igualdad.